San Diego

Cómo obtener la nacionalidad mexicana

Puede ser por nacimiento y por naturalización

Los hijos nacidos en el extranjero de padre y/o madre mexicanos por nacimiento tienen derecho a obtener la nacionalidad mexicana, esta condición se formaliza mediante el registro de los hijos ante una representación consular mexicana o la inscripción del acta extranjera en las oficinas del Registro Civil en México, al hacer esta inscripción no se pierde la nacionalidad estadounidense.

El costo de este en el Registro Civil de Tijuana tiene un costo de $1,077.00 pesos y el horario de oficina es de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

Debe de presentar su acta de nacimiento traducida y apostillada, las traducciones solamente las puede hacer un perito oficial, aquí puede consultar la lista de estos.

También puede hacer este trámite en el Consulado mexicano en Estados Unidos, los requisitos son:

1. Completar la solicitud de registro de nacimiento.

2. Acta de nacimiento estadounidense del registrado. Original y dos copias (El acta original no se devuelve).

3. Acta de nacimiento original, matricula consular vigente o pasaporte mexicano vigente de los padres con dos copias tamaño carta. Si se presenta acta de nacimiento es necesaria una identificación oficial de los padres, original y dos copias tamaño carta. Las copias deben ser por ambos lados del documento.

El costo es del $13.00 dólares por cada copia certificada del acta de nacimiento mexicana.

Si tiene alguna duda al respecto, puede consultar directamente la página del Consulado.

Además de la ciudadanía mexicana por nacimiento, también se encuentra la ciudadanía por residencia.

El extranjero que pretenda naturalizarse mexicano deberá acreditar entre otros requisitos que ha residido en territorio nacional cuando menos durante los últimos cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la su solicitud (dicha residencia se acredita con las formas migratorias FM2 ó FM3 que expide la Secretaría de Gobernación).

Puede consultar esto en la página del Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Gobernación.

Es importante mencionar que en este caso, el solicitante deberá renunciar a su nacionalidad de origen de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 y 19 de la Ley de Nacionalidad.

A partir del 20 de marzo de 1998 al entrar en vigor una reforma constitucional que permite la no pérdida de la nacionalidad mexicana para los mexicanos. Las personas que cuentan con doble nacionalidad están exentas de cumplir con el Servicio Militar Nacional.

El tiempo de este proceso es de 6 a 8 meses.

joy.ruvalcaba@sandiegored.com

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