México

El "sexting" podrá castigarse con una pena de 7 a 12 años de cárcel

Esta práctica puede llevar a cometer el delito de pornografía infantil, tipificado en el Código Penal Federal.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) alertó que el sexting puede llevar a cometer el delito de pornografía infantil, tipificado en el Código Penal Federal.

En el marco de la campaña para evitar esta práctica, el Instituto señaló las consecuencias legales que pueden presentarse con ella, ya que si la persona a la que pertenece la fotografía o video es menor de edad, supone la configuración del delito de producción, posesión o distribución de pornografía infantil.

"El artículo 202 del citado Código señala que comete el delito de pornografía de personas menores de 18 años de edad, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos. La pena es de 7 a 12 años de prisión y de 800 a 2,000 días de multa".

El sexting es una práctica cada vez más común, sobre todo en los jóvenes; consiste en el envío, por medio de teléfonos celulares, de fotografías y/o videos, puede causar daño a la imagen de una persona, pérdida de privacidad, extorsión o chantaje, al igual que ciberbullying.

Con información de Proceso.

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