El artículo 56 de la ley que penaliza las faltas de respeto al lábaro patrio establece que la profanación de sus símbolos pueden castigarse de las siguientes maneras:
1.- Multa equivalente a 250 salarios mínimos, o su equivalente, $16 mil 822.50 M.N.
2.- 36 horas de arresto.
Cualquiera de las dos sanciones son aplicables siempre y cuando se compruebe que del acto en cuestión no se obtuvieron ganancias económicas, pues de ser así, la multa incrementaría hasta los mil salarios mínimos.

Aunque la famosa pateó la bandera de México y permitió ser tanto sobada como azotada por ella en el escenario de un concierto altamente lucrativo, la Secretaria de Gobernación determinó que su baile con la bandera no fue en sí lo que generó dinero en el concierto, de modo que no se hizo acreedora a una infracción mucho mayor.
La multa, aprobada por la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico de la Segob, ni siquiera será aplicada de forma directa a la cantante, pues según el reporte, ésta se hará llegar a la empresa encargada de organizar el concierto y no a Miley Cyrus o representantes.
VIDEO: NALGUEAN A MILEY CYRUS CON BANDERA DE MÉXICO
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Elizabeth.rosales@sandiegored.com