A partir de este martes 23 de agosto las oficinas consulares podrán expedir actas del registro civil a los mexicanos que radican en el extranjero y que no fueron registrados en México, informó la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Dicha medida permitirá salvaguardar el derecho a la identidad de los connacionales que se encuentren fuera del país sin un registro de nacimiento, de acuerdo a los términos del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Además, se brindará la posibilidad de realizar trámites que les pueden ayudar a regularizar su situación migratoria, al poder tener documentación reconocida en el exterior, tal como un pasaporte o una matrícula consular.
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