Política

Así funcionará la Guardia Nacional

Se espera que esta nueva fuerza policial de seguridad cuente con 150 mil elementos

Luego de casi tres meses de discusiones y de cinco versiones de dictámenes y modificaciones finalmente el Congreso aprobó la reforma constitucional por la cual se crea la Guardia Nacional, una nueva fuerza policial de seguridad, complementada con disciplina y adiestramiento militar, que se espera que cuente con 150 mil elementos al finalizar el actual sexenio.

Ayer el Senado aprobó por unanimidad – tras un acuerdo entre Morena y los partidos de oposición – un dictamen que modificó casi en su totalidad la minuta que previamente había avalado la Cámara de Diputados. El consenso se logró luego de que el grupo mayoritario aceptó eliminar varios componentes que vinculaban y subordinaban a la Guardia a un control militar.

A continuación detallamos algunos de estos puntos clave a partir de lo establecido en el dictamen aprobado, de las respuestas de diversos senadores y de especialistas que participaron en el debate.

¿Será militar y controlada por el Ejército?

De acuerdo con la reforma aprobada no será así. La Guardia Nacional quedó definida como una “policía de carácter civil” adscrita exclusivamente al ramo de Seguridad Pública, o sea a la Secretaría de Seguridad Ciudadana. Tampoco habrá mando militar o mixto. Legisladores que participaron en la negociación reconocieron que este fue uno de los puntos más difícil de acordar.

¿Qué delitos va a combatir la Guardia?

Tiene facultades legales para combatir todos los delitos, tanto federales como locales.

Al tratarse de una fuerza policial cuenta con los alcances de las que ya existen en el país, es decir, realizar labores de prevención del delito. A su vez, bajo conducción del Ministerio Público y a petición de éste, podrá llevar a cabo labores de investigación y de cumplimiento de órdenes de aprehensión, cateo, entre otros.

¿Cómo se controlará el uso de la fuerza en la Guardia?

Con la Ley Nacional de Uso de la Fuerza. Se trata de una nueva norma que pondrá reglas y condiciones al uso de la fuerza no solo de los elementos de la Guardia Nacional sino de todas las fuerzas de seguridad del país.

¿Qué pasará con las personas que detenga?

El artículo 16 constitucional establece que cualquier persona detenida por la Guardia o por cualquier fuerza de seguridad debe quedar a disposición de forma inmediata ante la autoridad civil, es decir, ante el Ministerio Público. Además debe haber un registro transparente de su detención.

¿Y los soldados y marinos? ¿Se quedan en las calles o se van?

Sí… se quedan temporalmente pero de forma regulada, fiscalizada y con un plan de salida.

Nota completa aquí.

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