Estos son los negocios que podrán seguir operando durante cuarentena

El día martes 31 de marzo, El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó un acuerdo en el que establece acciones extraordinarias tomadas para atender la emergencia sanitaria que ha generado el Covid-19.
En este acuerdo se ordena la suspensión inmediata de las actividades no esenciales hasta el 30 de abril, pero ¿cuáles son las actividades laborales esenciales que sí se pueden realizar?:

Actividades directamente necesarias para emergencia sanitaria como:


Médica 
Paramédica 
Actividades administrativas y de apoyo al Sistema Nacional de Salud

Empresas que abastecen al sector farmacéutico y farmacias 

Manufacturas de equipo médico

Limpieza y sanitización de unidades médicas

Actividades involucradas en la seguridad pública y protección ciudadana
Policías Federales

Policías Estatales 

Ejercito Nacional

Actividades involucradas en los sectores fundamentales de la economía

Gasolineras y gas, 

Generación y distribución de agua potable,

Industria de alimentos y bebidas no alcohólicas

Mercados de alimentos,
Supermercados

Tiendas de autoservicio

Abarrotes

Venta de alimentos preparados
Servicios de transporte de pasajeros y de carga

Producciones agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria

 Industria química y productos de limpieza

Ferreterías
Servicios de mensajería

Guardias en labores de seguridad privada

Guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores
Telecomunicaciones y medios de información 

Servicios privados de emergencia 

Servicios funerarios y de inhumación

Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales 

Logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles)

Para más información consultar el Diario Oficial de la Federación

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