Gobierno

¡Adiós a playas privadas! Mexicanos ya podrán acceder de forma libre

Los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre y playas marítimas deberán permitir el libre acceso a las mismas

Fotografía por: Spencer Watson en Unsplash

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador publicó este miércoles 21 de octubre, un decreto en Diario Oficial de la Federación (DOF) que garantiza que los mexicanos puedan tener libre acceso y tránsito a todas las playas del país.

Con esto se modificó la Ley General de Bienes Nacionales, al adicionar un párrafo tercero al artículo 8, un párrafo segundo al artículo 127, y un artículo 154 a dicha ley.

De acuerdo con lo publicado en el DOF, la modificación en el artículo 8 quedaría así: El acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento.

Mientras en el artículo 127 establece que en caso de que no existan vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre así como a las playas marítimas, deberán permitir el libre acceso a las mismas.

Con esto México le dice adiós a las playas privadas en el país, pues además, en caso de que se restrinja el acceso a estos espacios naturales, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre deberán pagar una multa de “entre tres mil y hasta doce mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente”, de acuerdo al nuevo artículo 154 de esta ley.

“Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción señalada en el párrafo anterior, se revocará la concesión, autorización o permiso, observando en lo conducente, lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley”, se sostuvo en el documento.

Para ver el documento oficial, puedes ingresar aquí.


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