México

¿Aplica ‘Ley Olimpia’ en el caso de Andra Escamilla “compañere”?

Ante la filtración de contenidos de Andra Escamilla, conocida como “compañere”, muchas personas se preguntan si la recién aprobada Ley Olimpia podría aplicar para este caso

Hace unos días, Andra Escamilla “compañere”, quien se identifica como una persona no binaria, anunció a sus seguidores que abriría una cuenta en la plataforma Fansly, similar a OnlyFans, donde se vende contenido explícito e incluso es posible votar por el que prefieren los usuarios.

Una vez que Escamilla ingresó a la red social mencionada, gran parte del contenido que subió fue filtrado en Telegram por un grupo de individuos, por lo que decidió lanzar una advertencia y afirmó que sus abogados ya se encuentran trabajando en una denuncia a quienes difunden su contenido exclusivo, sin su consentimiento.

Están difundiendo mis fotos sin ropa y las de otras chicas en Telegram. Esto es un delito y ya estoy trabajando con mis abogades para denunciarles. Si yo fuera ustedes, borraría el grupo porque no solo pienso hacer que les borren la cuenta. Les meteré una demanda y si las otras chicas quieren, haremos una demanda conjunta”, escribió el compañere a través de Twitter.

Ante esto, usuarios en redes sociales se han cuestionado sobre esta situación y han surgido dudas respecto a si la llamada Ley Olimpia aplica en este tipo de casos.

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la Ley Olimpia es un conjunto de reformas que busca reconocer la violencia digital, también llamada ciberviolencia, así como sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de los diversos medios digitales.

Cabe mencionar que el concepto “ciberviolencia” se refiere a toda clase de actos de acoso, hostigamiento, amenaza, insultos, mensajes de odio, vulneración de datos o información privada realizados a través del uso de tecnologías.

Todo esto apunta a que, en efecto, las personas involucradas en el compartimiento del contenido del compañere sin su consentimiento podrían ser sancionados por la Ley Olimpia, misma que contempla sanciones de 3 a 6 años de prisión, además de multas que van desde 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización (1 UMA= 96.22 pesos).

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