MÉXICO.- La Cámara de Diputados de México aprobó ayer el dictamen que expide la Ley General de Delitos Electorales, que establece tipos penales y sanciones en esta materia, y lo envió al Ejecutivo para su promulgación, informó el órgano legislativo.
El documento fue avalado por 384 votos en favor, 34 en contra y 13 abstenciones, indicó la Cámara en un boletín.
Señala que se impondrán de 1.000 a 5.000 días de salario mínimo como multa y de cinco a 15 años de prisión al quien "realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie en favor de algún precandidato, candidato, partido, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello".
Las mismas penas se aplicarán cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito o en montos que rebasen los permitidos por la ley.
La pena prevista se aumentará hasta en 50 % cuando la conducta se realice en apoyo a una precampaña o campaña electoral, subraya el documento.
A los ministros de culto religioso que en el desarrollo de actos propios de su ministerio o a quienes en el ejercicio del culto religioso presionen u orienten el voto, se les impondrán de 100 a 500 días de multa.
Asimismo, se sancionará con prisión de seis meses a tres años y con 50 a 100 días de multa a quien obstaculice o interfiera el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y el cómputo, o el adecuado ejercicio de los funcionarios electorales.
La pena se aumentará hasta el doble cuando se ejerza violencia contra funcionarios electorales.
La norma fija de 50 a 200 días de multa y prisión de dos a seis años a los funcionarios electorales que alteren los resultados electorales, o que sustraigan o destruyan boletas, documentos o materiales electorales.
También se impondrán de 200 a 400 días de multa y prisión de dos a nueve años al funcionario que condicione servicios, programas gubernamentales u obras públicas al voto en favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.
Si el condicionamiento involucra programas de naturaleza social, las penas aumentará hasta en un tercio.
A los servidores públicos que cometan cualquiera de los delitos previstos en la norma se les impondrá además la inhabilitación de dos a seis años para ocupar un cargo público y, en su caso, la destitución.
Con ello quedó aprobada definitivamente la primera de las normas reglamentarias de la reforma política-electoral incluidas en la agenda del periodo extraordinario de sesiones inaugurado este miércoles.
La Cámara de Diputados quedó ahora a la espera de las minutas de la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
La primera de ellas fue aprobada en lo general por los senadores, que desde noche discuten los artículos reservados, mientras la segunda ya fue avalada en lo general y en lo particular.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales otorga mayores facultades al Instituto Nacional Electoral (INE) en la organización y realización de los comicios federales y locales.
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