La presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la XXIII Legislatura en Mexicali, la diputada Maria Luisa Villalobos Ávila, presentó por Oficialía de Partes del Poder Legislativo, iniciativa de reforma, a la Ley para Prevenir y Erradicar el Acoso Escolar del Estado, mediante la cual propone incluir dentro de estas modalidades al acoso sexual.
Mencionó que el fenómeno del bullying, expresión anglosajona con la que se conoce internacionalmente al acoso, hostigamiento o intimidación escolar, fue definido por primera vez por el psicólogo sueco Dan Olweus, quien señalaba que “un estudiante es acosado o victimizado cuando está expuesto de manera repetitiva a acciones negativas por parte de uno o más estudiantes.”
A su vez, explicó que el problema del acoso escolar es de tal gravedad que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó por unanimidad, el pasado 27 de abril de 2011, un dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de prevención y atención de violencia en las escuelas.
Con base en esto, la diputada expresó que se necesita enriquecer el marco legal y políticas públicas de educación que prohíban el acoso y la violencia escolar. Así como la inclusión de planes de prevención e intervención en esos casos, tanto en instituciones educativas públicas como privadas.
Es por ello que los objetivos de esta iniciativa son: garantizar la integridad física y psicológica de los estudiantes en un ambiente libre de violencia en las escuelas, en el cual se prevenga el acoso escolar y se canalice para su adecuado tratamiento a los alumnos que sean víctimas o culpables del mismo; propiciar en el ambiente escolar las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera particular, los principios de equidad y no discriminación, la dignidad humana y la paz.
Cabe mencionar que la iniciativa de reforma a los artículos 14,16 y 34 de la norma en cuestion interpreta como acoso sexual, toda aquella discriminación y violencia contra otro alumno relacionada con su sexualidad, así como el envío de mensajes, imágenes o videos con contenidos eróticos o pornográficos por medio de tecnologías digitales, según se señaló en un comunicado.
Además, define por exclusión social cuando el estudiante víctima es excluido y aislado, o amenazado con serlo, de la convivencia escolar por razones de discriminación de cualquier tipo.
La iniciativa presentada fue turnada a la Comisión de Justicia para su respectivo análisis y posterior dictaminación.
Para más detalles sobre esta iniciativa, puede ingresar aquí.
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