Actualmente autoridades del Instituto Nacional de Inmigración (INM) han estado revisando exhaustivamente que los viajeros estadounidenses que viajen a través del Aeropuerto Internacional en Tijuana, cuenten tanto con su pasaporte como con la Forma Migratoria Múltiple (FMM) y los demás requisitos que se necesitan para justificar su viaje, los cuales son los siguientes:
- 2. Presentar la FMM (Forma Migratoria Múltiple), que se obtiene a bordo en el avión, en el mismo punto de entrada, o en línea en el siguiente enlace de internet: https://www.inm.gob.mx/fmme/publico/solicitud.html
- 3. Presentar billete de avión de salida de México.
- 4. Comprobar el motivo de su viaje, mediante alguno de los siguientes documentos:
- Reservación de hotel, boletos de regreso (itinerario), boletos de tours (itinerario).
- Carta mandato en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que la persona extranjera es empleada de ella y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrán por cuenta de la misma.
- Contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas, de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana, o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México (copia).
- Carta de organización o institución pública o privada en la que invite a la persona extranjera para participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar carta responsiva.
- Carta de invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de ciento ochenta días (original).
- 5. En su caso, proporcionar a la autoridad migratoria otra información que se le requiera.
En comentarios de una publicación del grupo de Facebook “On the Road in México” se pueden observar opiniones opuestas referente a estas acciones por parte de autoridades migratorias mexicanas; tanto de parte de las personas que consideran necesario las revisiones como quienes aseguran haber hecho diversos viajes a este país y nunca se les había exigido dichos documentos. Algunos viajeros señalan que cuando se les atrapa con alguno de estos documentos vencidos o sin ellos son enviados a una zona en donde se les avisa que no pueden estar en México de esa manera y se les hace pagar $60 dólares.

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- 5. En su caso, proporcionar a la autoridad migratoria otra información que se le requiera.
- Carta de invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de ciento ochenta días (original).
- Carta de organización o institución pública o privada en la que invite a la persona extranjera para participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar carta responsiva.
- Contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas, de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana, o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México (copia).
- Carta mandato en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que la persona extranjera es empleada de ella y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrán por cuenta de la misma.
- Reservación de hotel, boletos de regreso (itinerario), boletos de tours (itinerario).
- 4. Comprobar el motivo de su viaje, mediante alguno de los siguientes documentos:
- 3. Presentar billete de avión de salida de México.