Con el fin de contar con mecanismos eficaces de búsqueda, investigación e identificación forense de personas desaparecidas, el Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 116 de la Ley de Salud Pública de Baja California.
La iniciativa, impulsada por la diputada María Teresa Méndez Vélez, tiene como objetivo armonizar y direccionar el tratamiento de cadáveres de personas no identificadas conforme a las reglas específicas de la legislación en materia de desaparición.
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La propuesta contenida en el Dictamen No. 8 de la Comisión de Salud, responde a una de las demandas más sentidas de familiares y colectivos de la sociedad civil.

Integración de criterios nacionales y estatales
La expedición de la Ley de Desaparición y Búsqueda de Personas para el Estado de Baja California fue producto de la exigencia ciudadana y representa un avance al integrar criterios nacionales y estatales en protocolos de búsqueda y órganos especializados para su implementación.
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Con ello se reconoce que el tratamiento de restos no identificados no puede regirse únicamente por plazos de inhumación o autorizaciones sanitarias, como lo establecía la ley local de Salud, sino que debe observarse de manera prioritaria la legislación especializada en desaparición.
Lo anterior garantiza la preservación de evidencias, registros y protocolos que permitan la eventual identificación y el acceso a la verdad para las familias, además de cumplir con las obligaciones internacionales del Estado mexicano en materia de derechos humanos.
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El Congreso reafirma su compromiso de garantizar un trato digno y respetuoso a los cadáveres no identificados, atendiendo una de las causas más sensibles de la sociedad y fortaleciendo los mecanismos de búsqueda e identificación forense.