Es conocido que el cruce fronterizo de México a Estados Unidos cuenta con diversas restricciones, desde el ingreso de personas sin documentación, como el de productos e incluso alimentos; con esto, el Animal and Plant Health Inspection Service ha emitido un aviso sobre frutas y verduras que cuentan con permiso o restricción de cruce, cuestión que será analizada con apoyo del U.S Custom & Border Protection (CBP).
Es importante mencionar que en la más reciente actualización compartida el 13 de enero del presente año, se cuenta con sanciones para aquellas personas que no declaren productos agrícolas, la primera incidencia tendrá costo de $300 dólares, mientras que la segunda vez ascenderá a $500 dólares.
Anuncian restricciones para cruce de verduras de México a Estados Unidos
Cabe destacar que si bien las autoridades fronterizas buscan prohibir la entrada de muchos productos agrícolas, que pueden ser portadores de plagas y enfermedades foráneas que perjudican la agricultura estadounidense, se cuenta con una lista de artículos que son generalmente permitidos para uso personal y bajo la inspección de agentes:
- Aloe vera: Partes aéreas
- Nuez de murciélago o vaina del diablo: fruta
- Fruta bala de cañón
- Castaña de agua china: tubérculo
- Agallas del carbón del maíz: Agalla
- Cormo de Cyperus: Cormo
- Flores comestibles: Inflorescencia
- Ajo: Dientes pelados
- Jengibre: Rizoma; Raíz
- Lirio: Bulbo
- Maguey: Hoja
- Matsutake: Partes sobre el suelo
- Hongo: Partes aéreas
- Nuez de Singhara: Nuez
- Pan de San Juan: Vaina
- Tamarindo: Vaina
- Trufa: Fruta
- Castaña de agua: Cormo
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“Llevar frutas y verduras depende de varios factores. Por ejemplo, considere la manzana que compró en un aeropuerto extranjero justo antes de embarcar y que no comió. Que la CBP permita o no la entrada a Estados Unidos depende de dónde la obtuvo y adónde se dirige después de llegar. Lo mismo ocurre con los tomates mediterráneos. Estos factores son importantes porque las frutas y verduras frescas pueden introducir plagas o enfermedades en Estados Unidos.”, detalla CBP.
Cabe destacar que autoridades exhortan a la población la importancia de declarar productos para inspección en caso de se cuenta con una restricción específica; por ejemplo, los siguientes productos secos son generalmente admitidos, pero se recomienda declarar ante autoridades:
- Frijoles
- Dátiles
- Higos
- Frutos secos (pero no castañas ni bellotas)
- Okra
- Guisantes
- Pasas
- Granos de pimienta de Sichuan
De igual manera, se cuenta con especificaciones respecto a algunos tipos de frutas y verduras que cuentan con prohibición de ingreso:
- Productos frescos: Casi todas las frutas y verduras frescas (enteras o cortadas) tienen prohibida su entrada en Estados Unidos debido al riesgo potencial de plagas y enfermedades para la agricultura estadounidenses, cabe destacar que esto incluye las frutas y verduras frescas que se hayan entregado en un avión o en un crucero.
- Congelados: Sucede algo bastante similar que con los productos frescos, con una entrada prohibida a la mayoría, esto debido a que algunas plagas y enfermedades pueden sobrevivir a temperaturas muy bajas.
- Enlatados: Se permite la entrada de frutas y verduras enlatadas comercialmente a los Estados Unidos siempre y cuando estas sean declaradas en su formulario de Aduanas de EE. UU. No se permite la entrada de productos enlatados en casa, ya que las prácticas de enlatado pueden variar y es posible que no eliminen todos los riesgos de plagas y enfermedades.
Dentro de esta lista se destaca que también se encuentran derivados de dichas frutas o verduras, tales como:
- Jugos de frutas y verduras
- Purés
- Concentrados
- Encurtidos
- Mermeladas
- Conservas
- Jaleas
“Para evitar una sanción, declare todos los productos agrícolas y preséntelos a Aduanas y Protección Fronteriza para su inspección, de modo que un especialista en agricultura determine si son admisibles”, recomiendan autoridades.
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