Víctimas de robo de vehículos ya no pagarán arrastre ni almacenaje en Baja California

Víctimas de robo de vehículos ya no pagarán arrastre ni almacenaje en Baja California

La reforma al Código Penal elimina los cobros de arrastre, almacenaje y maniobras, buscando justicia y uniformidad en los municipios

Por Editorialsdr el septiembre 27, 2025

Con el objetivo de aliviar la carga económica que enfrentan quienes sufren el robo de su vehículo, el Pleno del Congreso aprobó una reforma al Código Penal que exenta a las víctimas del pago por arrastre, maniobra y resguardo de unidades recuperadas. La propuesta fue presentada por el diputado Diego Echevarría Ibarra y busca proteger a las familias afectadas por este delito en el Estado.

El robo de vehículos representa una problemática urgente en Baja California, que se mantiene en el segundo lugar a nivel nacional por incidencia de este delito. Solo en mayo de 2025 se registraron 83 robos sin violencia, aunque alrededor del 55 % de los casos sí involucraron agresión.

El inicialista señaló que las víctimas enfrentan una doble agresión, ya que además de sufrir el robo, deben pagar hasta 10 mil pesos por servicios de arrastre y almacenaje para recuperar su vehículo. Esta situación representa una afectación directa a la economía familiar, y en muchos casos, las personas prefieren perder el vehículo ante la imposibilidad de cubrir los costos.

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La reforma también atiende una injusticia estructural, al considerar que estos cobros atentan contra los principios de legalidad y seguridad jurídica, pues no derivan de una conducta sancionable por parte de la víctima.

Otro de los puntos señalados por Diego Echevarría fue la falta de uniformidad en la regulación municipal. Mientras en Mexicali y Playas de Rosarito no existe un plazo para presentar la denuncia, en Tijuana se exige hacerlo dentro de las primeras 24 horas para acceder a la exención. En municipios como Tecate y Ensenada, no se encontró ninguna disposición al respecto.

En el Dictamen de la Comisión de Justicia, se establece que cuando un vehículo robado sea recuperado y trasladado a un depósito vehicular, la persona propietaria no deberá pagar por conceptos como arrastre, almacenaje o maniobras, siempre que el robo haya sido denunciado formalmente ante la autoridad competente dentro de las primeras 72 horas posteriores al hecho.

Cabe mencionar que, para acceder a este beneficio, la persona deberá presentar la constancia original del reporte de robo y el documento oficial que acredite la liberación o devolución del vehículo.

Durante la votación del dictamen, se presentó una reserva por el diputado Diego Lara, para asegurar que los ayuntamientos incluyan en sus leyes de ingresos una disposición que exente del pago de multas y derechos por arrastre en casos de vehículos robados y recuperados. De no hacerlo, la reforma quedaría limitada, ya que los municipios son quienes cobran esos conceptos y necesitarían tenerlo establecido en sus propias normas para aplicarlo correctamente.

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