Recientemente, los vuelos desde el Aeropuerto Internacional de Tijuana se han visto gravemente afectados debido a las condiciones climatológicas, en su mayoría la presencia de densa neblina que dificulta la visión; con esto, los más inconformes son los viajeros, quienes deben de esperar a soluciones por parte de la aerolínea, proceso que puede llevar horas.
Estos son tus derechos al viajar en avión de acuerdo a Profeco
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) detalla que la población cuenta con derechos al hacer uso de las aerolíneas, verse afectados por un vuelo varado, cancelado, sobrevendido, maletas documentadas no entregadas u otras situaciones.
Relacionado con las afectaciones recientes en el Aeropuerto Internacional de Tijuana involucrando cancelaciones y atrasos, esto es lo que la Profeco señala que debe de suceder respecto a las acciones de aerolíneas:
En caso de retraso:
- Se le tiene que informar a las personas afectadas a través de medios electrónicos o módulos de atención de la empresa.
Las y los consumidores pueden recibir opciones tales como:
- Un descuento (como mínimo) en caso de que la demora sea mayor a una hora e inferior a cuatro horas, aplicable para vuelos posteriores hacia el mismo destino o en alimentos y bebidas.
- En caso de que la demora sea mayor a dos horas, pero menor a cuatro horas y se aplique un descuento, este no debe de ser menor al 7.5% del precio del boleto.
Cuando la demora sea mayor a cuatro horas o se lleva a cabo la cancelación del vuelo y la aerolínea es responsable, los consumidores podrán elegir entre las siguientes opciones:
- a) El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
- b) Transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
- c) Transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

Cabe destacar que el pago de compensaciones e indemnizaciones debe de ser cubierto en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación (excepto en el caso de alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación).
¿Qué especifican las aerolíneas?
Cuando se contrata un servicio de este tipo, es crucial consultar las políticas de la aerolínea elegida, ya que en esta se cuenta con información respecto a diversas situaciones.
Las aerolíneas detallan que las compensaciones a pasajeros en caso de retraso, demora y/o cancelación de los vuelos serán aplicables única y exclusivamente por causas imputables a la compañía, no en situaciones como las ocurridas en Tijuana, donde las condiciones climáticas fueron las causantes de afectaciones a vuelos en general.
De igual manera, Profeco detalla que si el retraso o demora es completamente atribuible a la aerolínea, la compañía deberá de compensar al pasajero dependiendo del número de horas.
