Este es el permiso que deben pagar los estadounidenses si permanecen más de 7 días en Baja California

Este es el permiso que deben pagar los estadounidenses si permanecen más de 7 días en Baja California

Es importante tener en regla la documentación necesaria para ingresar a México, a través de los distintos puertos de entrada del Estado.

Por Rocío Cisneros el 29 de julio del 2026 a las 11:11 am PDT

Cada año miles de estadounidenses cruzan la frontera ya sea para descansar, realizar visitas médicas o disfrutar de la gastronomía de Baja California.

En esta temporada vacacional se intensifica el flujo de visitantes extranjeros a los distintos destinos con los que cuenta el estado. 

Por ello, es importante tener en regla la documentación necesaria para ingresar a México, a través de los distintos puertos de entrada de Baja California, sobre todo si la estancia se prolongará por más de una semana.

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Pago del DNR

Al permanecer por más de siete días en Baja California, los extranjeros deberán pagar el “Derecho de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas” (DNR), contribución que debe hacerse al ingresar a México con motivo de viaje, ya sea turismo, negocios u otros por las vías de internación aérea, marítima y terrestre.

El pago del DNR durante el 2026 es de 983 pesos, se actualiza el 1 de enero de cada año y puede realizarse al momento de su internación o en línea en: https://www.inm.gob.mx/fmme/publico/solicitud.html

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¿En qué casos no se paga el DNR?

Los casos en los que no se paga DNR incluyen a quienes tienen una estancia menor a siete días e ingresaron vía terrestre, en caso de exceder ese tiempo, se les cobrará al salir del país.

También a quienes acrediten cualquier condición de estancia distinta a la de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, tal como trabajador fronterizo, con fines de adopción, residente temporal o permanente en México.

Así como a personas autorizadas bajo convenios de cooperación o intercambio educativo, cultural y científico, tripulación de aeronaves y embarcaciones, diplomáticas o con visa oficial de servicios.

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¿Cómo pagar el DNR?

En cuanto al pago del DNR, si el viaje es en vuelo comercial, las aerolíneas realizan el cobro dentro del costo del boleto de avión.

Por vía terrestre, el pago puede hacerse con tarjeta de crédito o débito a través de los sitios ubicados en los filtros de revisión migratoria del INM o en línea en el sitio https://www.inm.gob.mx/fmme/publico/solicitud.html.

Deberá también llenarse el formulario y pagar la Forma Migratoria Múltiple (FMM) vía electrónica mediante tarjetas de débito o crédito Visa y MasterCard a través del portal bancario al que se direcciona.

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Además es importante imprimir el recibo de pago, así como la FMM para obtener el sello de validez en los filtros migratorios del INM.

Para realizar el pago mediante la “Hoja de ayuda” que se puede obtener en http://www.inm.gob.mx/gobmx/derechos/ se puede hacer en cualquier sucursal bancaria, presentando el recibo del pago ante la autoridad migratoria.

Documentos requeridos por extranjeros

Es importante recordar que los extranjeros deberán presentar un pasaporte o documento de identidad y viaje válido y vigente para poder ingresar al país.

Además, cuando su nacionalidad lo requiera, deberán contar con una visa mexicana válida y vigente, o en su caso alguno de los siguientes documentos: 

Documento que acredite residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, así como de los países miembros de la Alianza del Pacífico: Chile, Colombia y Perú.

Visa de entradas múltiples válida y vigente expedida por Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen.

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Tarjeta de viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México.

Documento migratorio vigente expedido por el INM, que acredite una condición de estancia autorizada en México. 

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Forma Migratoria Múltiple

Además, al cruzar en algún punto fronterizo terrestre deberán contar con la Forma Migratoria Múltiple (FMM), la cual se puede generar y descargar a través del siguiente enlace: https://www.inm.gob.mx/spublic/portal/inmex.html.

Mexicanos que visiten el país

Por otra parte, los mexicanos que llegan de otros países deberán portar un documento que los acredite como nacidos en el país y estos pueden ser:

  • Pasaporte
  • Cédula de identidad
  • Acta de nacimiento original o copia certificada
  • Matrícula consular y carta de naturalización
  • Certificado de nacionalidad mexicana
  • Credencial expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE)

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